domingo, 18 de agosto de 2019

¿EL GRADO BRIX ES UNA MATERIA PRIMA?

Son bienvenidas las participaciones de todas las personas de la Agroindustria Azucarera ...


El 29 de noviembre de 1983, la SECOFI aprueba la publicación de la NOM-F-275-1983, la cual establece el método hidrométrico para determinar los sólidos y el peso específico de las muestras de jugo de especies vegetales productoras de azúcar. Destacan 3 puntos importantes: Una NOM es de cumplimiento obligatorio, se especifica que el aparato a emplear debe ser un hidrómetro brix, y la magnitud a medir es masa en volumen.

El 01 de octubre de 1991, el Comité de la Agroindustria Azucarera, resuelve en sesión de esa fecha que la NOM que se debe de utilizar para determinar el grado brix en el jugo mezclado es la NOM-F-275-1983, por ser esta la convenida por las partes. Posteriormente, la Junta de Conciliación y Arbitraje de Controversias Azucareras, ratifica mediante un laudo el uso de la NOM-F-275-1983.

El 15 de julio de 1986, la Dirección General de Normas, aprueba la publicación de la NMX-F-086-1986, relativa a las definiciones de las materias primas, materiales en proceso, productos terminados y subproductos alimenticios para uso humano de los ingenios azucareros. La norma es Mexicana y no incluye la definición de brix en jugo mezclado. En la práctica no existe un material o producto que esté conformado únicamente de sólidos brix, ya que los sólidos brix están en presencia de alguna cantidad de agua y/o de fibra, recordemos que es una relación entre las magnitudes de masa y de volumen. De hecho, la estructura de la caña de azúcar es de fibra y dentro de las células vegetales, se encuentra el jugo absoluto, conformado por sólidos brix y agua. Por otra parte, resulta contradictorio que algunas normas como esta, citan bibliografía internacional y al mismo tiempo declaran que la norma no concuerda con ninguna norma internacional.

El 28 de junio de 2019, el secretariado técnico de la Comisión Nacional de Normalización, de la DGN, firma el aviso de consulta pública del PROY-NMX-F-086-SCFI-2018 para cancelar la NMX-F-086-1986.

El día de ayer, 16 de agosto de 2019, se publica en el Diario Oficial de la Federación, el aviso de consulta pública para cancelar la NMX-F-086-1986, presentando la siguiente: 

Síntesis
Este documento busca actualizar los instrumentos normativos que rigen los análisis de laboratorio dentro del proceso de obtención de azúcar de caña. Se requiere instrumento normativo que considere las recientes innovaciones tecnológicas en los laboratorios químicos de todos los ingenios del país.

Sabemos que el objetivo de considerar las innovaciones tecnológicas es necesario, sin embargo, esta actualización de las normas, deberán darse junto con la actualización del sistema de pago a productores de caña de azúcar, karbe, dado que ese sistema fue calculado con los valores obtenidos por los ingenios azucareros hace 30 años, utilizando los hidrómetros brix. El grado brix participa en el cálculo de la pureza de jugo mezclado, la cual forma parte de una fórmula teórica denominada Winter y Carp, este último se multiplica por otro factor de ajuste para que utilizando la pureza promedio nacional del jugo mezclado, se obtenga un factor de pureza igual a 1a unidad.

Para actualizar las determinaciones de pureza, deben actualizarse al mismo tiempo los factores de pureza. Por otra parte, las instituciones de gobierno relacionadas, deben ser facilitadores de acuerdos para que las partes interesadas cumplan un objetivo pendiente de hace 30 años, el pago individual por calidad a productores de caña de azúcar, dado que se sigue pagando por masa común, donde se da más importancia al volumen que a la calidad. Debemos trabajar en obtener volumen, calidad y diversificación de productos, en beneficio de la productividad y la rentabilidad. 

Quedo al pendiente de sus comentarios y sugerencias. Saludos.























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